Hoy os traemos al blog el Texto del Auto del Juzgado de refuerzo de Primera Instancia nº3 de Albacete, de fecha 2 de octubre de 2018, por el que ha planteado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que ya ha sido admitida.
Se trata de una cuestión prejudicial en la que se aborda la validez de los acuerdos entre los bancos y clientes en materia de cláusulas suelo, por medio de los cuales los bancos retiraban la cláusula suelo de los contratos hipotecarios a cambio de una renuncia de acciones por parte de los clientes.
El Tribunal Supremo en fecha 11 de abril y 13 de septiembre de 2018 dio a estos acuerdos el carácter de transacción manifestando que no se puede entrar a valorar la nulidad de un acuerdo firmado entre el banco y el cliente.
La cuestión prejudicial del Juzgado de Albacete pretende saber si el cliente (consumidor) firmó el acuerdo con la suficiente información porque, de no hacerlo, dicho acuerdo sería nulo.
Ahora, debemos esperar a que resuelva el TJUE, por lo que si tenéis una demanda formulada ante el Juzgado os recomendamos que solicitéis la suspensión, en tanto en cuanto no resuelva el alto tribunal europeo.
Y como siempre, si tenéis cualquier duda o cuestión estamos a vuestra disposición para atenderos.