Problemas y quejas manifestadas por Gestorías y Asesorías que ya se han manifestado por parte del Colegio Oficial tanto a la Ministra de Trabajo como al Conselleiro de la XUNTA:
Las últimas fechas hablan 3 millones de afectados y 330.000 ERTES tramitados.
2.1.) La Autoridad Laboral de la Xunta está saturada de expedientes, sobre todo la provincia de Pontevedra y no resuelve en el plazo máximo las solicitudes. Por eso en DOG 2 abril por Orden de 31 de marzo se amplía a 10 días el plazo para resolver los ERTES; Debería haberse previsto y ampliado el personal.
Dicha saturación es generalizada también otras CCAA han ampliado el plazo para resolver ERTE a 10 días como Cataluña y Castilla y León.
2.2.) Están saturadas las Redes para comunicarse con la Administración del ESTADO: no funcionan las redes desde hace 3 días y no se puede tramitar.
No se puede presentar la prestación de desempleo mediante solicitud colectiva en SEPE por RED SARA y debe presentarse en el plazo de 5 días desde la presentación de la solicitud ERTE si es por causa de fuerza mayor. Si no se presenta en plazo el empresario podría incluso ser sancionado (si no justifica que no pudo presentarlo por estar saturada la Red).
Al no funcionar la Red Sara no entran las solicitudes de prestación por desempleo o no se consiguen resolver todas. La consecuencia: los trabajadores no cobran en abril, ya que las solicitudes se cerraron a fecha 31 de marzo, por lo que no cobrarán la prestación, como mínimo, hasta el 10 de mayo.
2.3.) Se anunció la posibilidad de solicitar el aplazamiento de cotizaciones de los meses de abril, mayo y junio. El plazo termina el 10 abril para la primera cotización y a fecha de hoy (3 de abril) todavía no se ha habilitado en la TGSS la manera para tramitarlo.
2.4) No se facilitó desde el principio un modelo homologado a las MUTUAS y la documentación necesaria acreditativa para que los autónomos puedan solicitar la prestación extraordinaria por cese de actividad.
2.5) Para tramitar los ERTES se exigen 4 tipos de tramitación muy engorrosos:
1) Ante CCAA (si el centro de trabajo está en esa CCAA) se solicitará por Sede Electrónica el ERTE por una de estas dos causas que tienen modelos diferente
A) Fuerza mayor
B) Causas económicas, técnicas, organizativas o producción. Lo solicitará el empresario o la gestoría/asesoría en su representación.
2) ANTE ESTADO – SEPE por RED SARA: Se debe presentar Prestación Desempleo en Excel de Solicitud Colectiva. A día de hoy está saturado (no funciona).
3) ANTE ESTADO – SEPE por SEDE ELECTRÓNICA: Hay que presentar Certificados de Empresa (1 por cada trabajador).
4) ANTE ESTADO- TGSS-: Si se trata de ERTE por fuerza mayor se debe solicitar la exención total al empresario de abonar la aportación empresarial a la Seguridad Social y recaudación conjunta de sus trabajadores afectados por el ERTE (si son hasta 50 trabajadores) o, si fuesen más, la exoneración del 75% de la exención.