En Oulego Abogados y Consultores se han multiplicado exponencialmente los casos de phishing y otro tipo de estafas bancarias que atendemos en los últimos cinco años.
¿Has sufrido un fraude por phishing bancario? Descubre ya cómo reclamar al banco con apoyo legal, con base en la Ley 8/2018 y la sentencia 571/2025 del TS.
1. ¿Qué es el phishing bancario (explicado con ejemplos)?
El phishing bancario es una estafa digital en la que alguien se hace pasar por tu banco (vía correo electrónico, SMS o llamada) para obtener tus contraseñas, datos de tus cuentas o claves de acceso. Con ellos, el delincuente entra a tu cuenta y hace transferencias u operaciones que tú no autorizaste.
Por ejemplo: recibes un SMS que parece venir de tu banco pidiéndote que “verifiques tu cuenta” en un enlace, introduces tus credenciales y, poco después, ves movimientos que no reconoces. Esto es phishing.
Aunque pueda parecer algo extremo, estos fraudes se han vuelto mucho más sofisticados. Por eso es importante que conozcas tus derechos y actúes cuanto antes.
2. El marco legal: Ley de Servicios de Pago 2018 y responsabilidad del banco
La Ley 8/2018 de Servicios de Pago, que adapta la normativa europea (PSD2), es clave en estos casos. En ella:
- El banco (proveedor de servicios de pago) tiene que reembolsarte las operaciones no autorizadas si tú, como cliente, no las hiciste.
- La excepción: el banco puede negarse solo si demuestra que hubo fraude por tu parte o que actuaste con negligencia grave.
Esto crea lo que se llama una responsabilidad cuasi objetiva: el banco responde salvo que aporte prueba clara de culpa del cliente.
3. El giro decisivo: Sentencia del TS 571/2025 (9 de abril)
a) Qué resolvió
En la Sentencia nº 571/2025, la Sala Primera del Tribunal Supremo confirmó una condena contra Ibercaja por un caso de phishing donde alguien realizó quince transferencias no autorizadas desde una cuenta bancaria mediante banca electrónica y Bizum.
El cliente reclamaba 56.474,63 €, y la sentencia inicial y de apelación reconocían que el banco incumplió sus obligaciones contractuales al no proteger adecuadamente el servicio. El Supremo desestimó el recurso del banco y lo condenó a responder
b) Lo que trae de nuevo y por qué es tan relevante
- No basta con que el banco diga que utilizó credenciales válidas. El simple hecho de que un delincuente accediera a la clave del usuario no exime automáticamente al banco.
- El banco debe demostrar negligencia grave del cliente, no mera falta leve.
- Deficiencia del servicio por parte del banco: si el banco no detecta señales claras de fraude (por ejemplo, transferencias inusuales, IP desconocida, operaciones fuera de horario) es responsable.
- La sentencia refuerza que el cliente no está obligado a prevenir riesgos desconocidos; su obligación es actuar con prudencia razonable, no con conocimiento experto.
- También se afirma que el banco debe devolver lo sustraído tan pronto como tenga conocimiento del fraude, salvo que pruebe culpa grave del cliente.
En suma: este pronunciamiento une criterios dispersos previos y da una doctrina clara a favor del consumidor ante fraudes por phishing.
4. Pasos que debes seguir desde el primer momento (versión accesible)
Te explicamos cómo actuar, paso a paso, si descubres que has sido víctima de phishing:
1. Contacta con tu banco de inmediato
Llama o acude a tu sucursal y exige el bloqueo de operaciones. Pide número de incidencia o referencia. No dejes pasar tiempo.
2. Cambia todas tus contraseñas y verifica tus dispositivos
Modifica claves del banco, correo electrónico y apps. Revisa si hay aplicaciones extrañas, virus o accesos sospechosos.
3. Haz una denuncia por ciberdelito
Acude a la Policía, Guardia Civil o cuerpo competente, y aporta toda la evidencia: correos, SMS, capturas de pantalla, justificantes de las transferencias.
4. Reclama formalmente al banco por escrito
Envía, mediante burofax o correo certificado:
- Tu nombre y datos de cliente
- Detalle de las operaciones no autorizadas
- Copia de la denuncia
- Solicitud de reembolso conforme a la Ley 8/2018
- Plazo razonable para respuesta (por ejemplo, 15 días hábiles)
Si tu reclamación es denegada o no recibes contestación, puedes seguir escalando.
5. Si el banco sigue negándose: demanda judicial
Puedes iniciar una demanda civil para exigir el reembolso y daños, o una acción penal si los autores del phishing pueden identificarse. Con la Sentencia 571/2025, tienes una doctrina firme a tu favor para argumentar que el banco debe responder si no prueba negligencia grave.
5. ¿Por qué necesitas un abogado especializado?
Aunque estos pasos puedes hacerlos tú mismo, la diferencia entre éxito o rechazo muchas veces está en la forma de argumentación legal:
- Analizar si el banco tuvo fallos de seguridad o no reaccionó ante señales de fraude
- Preparar los escritos basados en la Ley de Servicios de Pago, la doctrina del TS 2025 y jurisprudencia europea
- Representarte ante el banco, el Banco de España y en juicio
- Exigir intereses legales y costas en la demanda
Contar con un experto en derecho bancario y ciberdelitos eleva tus probabilidades de recuperar el dinero.
6. Conclusión: ahora más que nunca tienes posibilidades reales
Con la Sentencia 571/2025, el Tribunal Supremo pone a los bancos en posición de fuerza para responder ante fraudes, salvo que puedan demostrar una negligencia grave clara del cliente. Eso significa que muchas personas que creían imposible recuperar su dinero, ahora tienen un camino jurídico legítimo.
Si crees que has sido víctima de phishing bancario, actúa rápido, sigue los pasos indicados y busca asesoramiento legal especializado. El momento de reclamar es ahora. Si estás buscando el mejor despacho de abogados especializado en Derecho bancario y ciberdelitos podemos ayudarte. Desde nuestras oficinas en Santiago de Compostela y Vigo prestamos asesoramiento especializado en toda Galicia y en el resto de España (incluyendo las islas).








