El Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santiago de Compostela ha declarado nulo un contrato de tarjeta revolving Wizink Oro, en un nuevo éxito judicial de Oulego Abogados y Consultores.
El caso fue dirigido por el abogado José Ramón Oulego Erroz.
La magistrada María Isabel Suárez García concluyó que el contrato no superaba el doble control de transparencia e inclusión, al no explicar de forma clara al consumidor cómo funcionaba el crédito ni las consecuencias económicas reales del sistema de amortización.
⚖️ Una sentencia favorable para el consumidor
El fallo obliga a Wizink Bank S.A. a devolver todas las cantidades cobradas indebidamente —intereses, comisiones y gastos— más los intereses legales desde la fecha de cada pago.
Según la sentencia, el contrato firmado en 2017 aplicaba una TAE del 27,24 %, y no ofrecía la información mínima necesaria para que la consumidora pudiera entender el alcance real del producto.
“El contrato no supera el control de transparencia material. La consumidora desconocía el funcionamiento del sistema revolving y las graves consecuencias económicas que suponía”, señala la resolución.
💳 ¿Qué es una tarjeta revolving?
Una tarjeta revolving es un tipo de crédito que permite aplazar los pagos de las compras mediante cuotas mensuales. El problema es que la deuda se renueva constantemente, de manera que el cliente puede acabar pagando mucho más de lo que realmente gastó.
Cuando las cuotas mensuales son bajas, gran parte del pago se destina solo a intereses. Esto provoca el conocido “efecto bola de nieve”, donde el consumidor paga mes tras mes sin reducir la deuda principal.
El Banco de España advierte que estas tarjetas pueden convertir al usuario en un “deudor cautivo”, atrapado en una espiral de intereses acumulados.
En este caso, la jueza calificó el contrato como abusivo y desequilibrado, al no informar de manera adecuada sobre el coste total del crédito ni ofrecer simulaciones del pago.
🧾 Fundamentos jurídicos de la nulidad
El despacho Oulego Abogados basó su demanda en dos argumentos principales:
- Falta de transparencia.
Wizink no explicó claramente cómo funcionaba el sistema revolving ni las consecuencias económicas reales. - Cláusulas abusivas.
Las condiciones del interés remuneratorio y del sistema de amortización generaban un desequilibrio importante en perjuicio del consumidor.
La jueza apoyó estos argumentos con la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que exige que las entidades financieras:
- Faciliten información clara y comprensible.
- Ofrezcan explicaciones previas al contrato sobre el coste total del préstamo.
- Incluyan simulaciones o ejemplos que ayuden a entender el impacto económico.
Como no se cumplieron estos requisitos, el contrato se declaró nulo por abusivo, conforme al artículo 82 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU).
🏆 Un nuevo éxito judicial frente a Wizink
Este caso se suma a otras sentencias favorables obtenidas por Oulego Abogados y Consultores en Galicia y en toda España.
El despacho, con sedes en Santiago de Compostela y Vigo, ha conseguido numerosas anulaciones de contratos revolving contra entidades como Wizink, Cofidis, Cetelem, BBVA o Santander Consumer.
“Cada caso ganado es un paso más hacia un sistema financiero más justo y transparente para los consumidores”, afirma José Ramón Oulego Erroz, abogado director del despacho.
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🔍 Conclusión: reclamar sí funciona
La sentencia del Juzgado de Santiago de Compostela marca un nuevo precedente en la defensa de los consumidores frente a las tarjetas revolving abusivas.
Gracias al trabajo de Oulego Abogados y Consultores, se confirma que reclamar a Wizink es posible y que los tribunales siguen protegiendo a los usuarios frente a los intereses usurarios de las entidades financieras.
💬 “No dejes que los intereses te ahoguen. La ley está de tu lado, y nosotros también.”
— Equipo jurídico de Oulego Abogados y Consultores








