Si tienes o has tenido una tarjeta revolving BBVA “A tu ritmo”, este caso puede interesarte especialmente.
En Oulego Abogados y Consultores hemos conseguido que un Juzgado declare la nulidad de un contrato de tarjeta revolving de BBVA y condene a la entidad a devolver al consumidor las cantidades cobradas como consecuencia de las condiciones declaradas nulas.
Caso real frente a BBVA
3.948,84 € RECUPERADOS
por una tarjeta revolving BBVA “A tu ritmo”
La cantidad no es una estimación: BBVA ha abonado efectivamente 3.948,84 euros al cliente tras la sentencia que estimó la demanda.
Contenido del artículo
- ¿Qué ocurrió con la tarjeta BBVA “A tu ritmo”?
- BBVA aceptó la nulidad del contrato revolving
- BBVA alegó la prescripción para limitar la devolución
- El Juzgado rechaza la tesis de BBVA
- ¿Cuánto recuperó nuestro cliente?
- ¿Puedo reclamar mi tarjeta BBVA “A tu ritmo”?
- ¿Puedo reclamar si la tarjeta es antigua?
- ¿Qué documentación necesito?
- Preguntas frecuentes
Anulamos una tarjeta revolving BBVA “A tu ritmo”
El procedimiento se siguió ante el Tribunal de Instancia de O Porriño frente a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.
La demanda fue dirigida por el abogado José Ramón Oulego Erroz, de Oulego Abogados y Consultores, y tenía por objeto determinadas condiciones generales incluidas en un contrato de tarjeta con pago aplazado o revolving “A tu ritmo” de BBVA.
La reclamación cuestionaba especialmente las condiciones que regulaban:
- el interés remuneratorio;
- el modo de pago;
- el sistema de amortización revolving.
También se solicitaba que BBVA devolviese al consumidor las cantidades percibidas como consecuencia de las condiciones declaradas nulas, teniendo en cuenta el capital efectivamente dispuesto.
¿Tienes una tarjeta BBVA “A tu ritmo”?
No des por hecho que debes seguir soportando sus consecuencias económicas sin revisar antes el contrato y el histórico de pagos.
BBVA aceptó la nulidad de la tarjeta revolving
Uno de los aspectos más relevantes del procedimiento es que la propia entidad bancaria terminó allanándose respecto de la nulidad de la cláusula relativa al interés remuneratorio y al sistema de amortización revolving.
La sentencia recoge además que la nulidad de la cláusula que regulaba el interés remuneratorio comportaba la nulidad del contrato, al no poder subsistir sin ese elemento esencial.
La cuestión fundamental dejó de ser únicamente la nulidad.
El procedimiento pasó a centrarse en cuánto dinero tenía que devolver BBVA al consumidor.
BBVA intentó limitar la devolución alegando prescripción
Aquí se encuentra uno de los puntos jurídicamente más interesantes de este caso.
Aunque BBVA aceptó la nulidad, se opuso a devolver una parte de las cantidades alegando que la acción para recuperarlas estaba parcialmente prescrita.
La entidad defendía que, al tratarse de una tarjeta revolving en la que el consumidor efectúa pagos periódicos, el plazo de prescripción debía comenzar a computarse desde la fecha de cada pago.
¿Qué habría supuesto aceptar la tesis de BBVA?
Que parte de las cantidades satisfechas durante los primeros años de vida de la tarjeta pudiesen quedar fuera de la restitución aunque el consumidor no hubiese conocido entonces el posible carácter abusivo de las condiciones contractuales.
El Juzgado rechaza que la prescripción empiece automáticamente con cada cuota
La sentencia rechaza la interpretación defendida por BBVA.
El Juzgado considera que fijar automáticamente el inicio del plazo de prescripción en la fecha de cada pago puede ser incompatible con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo cuando no se haya acreditado que el consumidor conocía en ese momento el carácter abusivo de la cláusula.
La resolución analiza, entre otras, la jurisprudencia del TJUE sobre el principio de efectividad, conforme al cual el consumidor no puede quedar privado en la práctica de la posibilidad de ejercitar sus derechos antes de estar en condiciones de conocerlos.
La carga de acreditar el conocimiento del consumidor
Otro aspecto especialmente importante es que la sentencia considera que debe atenderse al caso concreto y a la prueba existente sobre el momento en que el consumidor pudo tener conocimiento de sus derechos.
La carga de acreditar ese conocimiento corresponde a quien invoca la prescripción.
En este procedimiento, BBVA no consiguió acreditar que el consumidor hubiese tenido previamente ese conocimiento.
La sentencia cita la doctrina del Tribunal Supremo
La resolución se apoya también en la doctrina de la STS 857/2024, de 14 de junio, relativa al inicio del plazo de prescripción de las consecuencias restitutorias derivadas de cláusulas abusivas.
El Juzgado concluye que no resulta posible situar automáticamente el dies a quo en cada una de las cuotas satisfechas por el consumidor.
Tener una tarjeta revolving desde hace muchos años no significa automáticamente que hayas perdido tu derecho a reclamar.
¿Cuánto recuperó nuestro cliente por la tarjeta revolving BBVA?
Tras rechazar la prescripción alegada por la entidad, el Juzgado estimó íntegramente la demanda.
La sentencia:
- Declara la nulidad de las condiciones relativas al interés remuneratorio y al sistema de pago y amortización.
- Declara como consecuencia la nulidad del contrato revolving.
- Condena a BBVA a devolver las cantidades percibidas como consecuencia de las condiciones declaradas nulas.
- Incluye conceptos como intereses, comisión por reclamación de cuota impagada, protección de pagos y otros conceptos similares.
- Condena a BBVA al pago de las costas procesales.
RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO
3.948,84 €
recuperados por nuestro cliente
Tras la sentencia, la propia representación de BBVA comunicó al Juzgado el cumplimiento del fallo y acompañó el justificante del abono.
El resultado final fue una transferencia de 3.948,84 euros a favor de nuestro cliente.
¿Tienes una tarjeta BBVA “A tu ritmo”?
Podemos estudiar tu contrato y comprobar si existen fundamentos para reclamar. CONTACTA CON OULEGO ABOGADOS
¿Puedo reclamar una tarjeta revolving BBVA “A tu ritmo”?
Si tienes o has tenido una tarjeta BBVA “A tu ritmo”, es recomendable estudiar individualmente el contrato y su evolución económica.
Este caso no significa que todas las tarjetas de este producto sean automáticamente nulas ni que todos los afectados vayan a recuperar la misma cantidad.
Cada reclamación debe analizarse individualmente atendiendo, entre otros elementos, a:
- las condiciones del contrato;
- el interés aplicado;
- el sistema de amortización;
- el capital dispuesto;
- las cuotas abonadas;
- los intereses y comisiones cargados;
- la documentación facilitada por la entidad;
- y las circunstancias concretas del consumidor.
Pero el procedimiento que explicamos en este artículo demuestra que una tarjeta BBVA “A tu ritmo” puede ser objeto de una reclamación judicial con consecuencias económicas importantes.
¿Puedo reclamar si mi tarjeta revolving BBVA es antigua?
No conviene descartar una reclamación simplemente porque hayan pasado muchos años desde que comenzaste a utilizar la tarjeta.
Precisamente, uno de los aspectos centrales de este procedimiento fue la alegación de prescripción formulada por BBVA.
El Juzgado rechazó que el plazo pudiera comenzar automáticamente con cada pago al no haberse acreditado que el consumidor conociese entonces el carácter abusivo de las condiciones cuestionadas.
Si tu tarjeta tiene muchos años, está cancelada o ya has terminado de pagarla, no significa necesariamente que no puedas reclamar. La prescripción debe estudiarse jurídicamente en cada supuesto.
¿Cuánto dinero puedo recuperar de una tarjeta revolving?
No existe una cantidad idéntica para todos los consumidores.
Para determinar las consecuencias económicas de una eventual nulidad es necesario reconstruir la relación contractual y estudiar, entre otros conceptos:
- el capital efectivamente utilizado;
- las cuotas satisfechas;
- los intereses abonados;
- las comisiones;
- los seguros o productos vinculados que procedan;
- y cualquier otro importe cargado durante la vida del contrato.
En el caso que analizamos en este artículo, el resultado fue claro: nuestro cliente recuperó 3.948,84 euros de BBVA.
¿Qué documentación necesito para reclamar una tarjeta revolving BBVA?
Para realizar un primer estudio resulta especialmente útil disponer de la documentación relacionada con la tarjeta.
- Contrato de la tarjeta.
- Extractos mensuales disponibles.
- Cuadro de movimientos o liquidaciones.
- Recibos o cargos bancarios.
- Comunicaciones remitidas por BBVA.
- Cualquier reclamación previa realizada a la entidad.
Si no dispones de toda la documentación, ello no impide necesariamente estudiar el asunto. Nuestro equipo podrá valorar qué documentación existe y qué información puede ser necesario solicitar.
Abogados para reclamar tarjetas revolving BBVA
En Oulego Abogados y Consultores contamos con experiencia en litigación bancaria y en procedimientos de nulidad de tarjetas revolving.
Atendemos reclamaciones de consumidores de toda España.
Si tienes una tarjeta BBVA “A tu ritmo”, una tarjeta revolving de otra entidad o un crédito de características similares, podemos estudiar la documentación y determinar si existen fundamentos para iniciar una reclamación.
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Preguntas frecuentes sobre las tarjetas revolving BBVA “A tu ritmo”
¿Se puede reclamar una tarjeta BBVA “A tu ritmo”?
Sí, puede estudiarse la viabilidad de una reclamación. La procedencia de la nulidad y sus consecuencias económicas dependerán de las condiciones concretas del contrato y de las circunstancias particulares del consumidor.
¿Cuánto dinero puedo recuperar de una tarjeta revolving BBVA?
La cantidad depende del capital utilizado y de las cantidades satisfechas durante la vida del contrato. En el caso analizado en este artículo, nuestro cliente recuperó 3.948,84 euros.
¿Puedo reclamar si la tarjeta revolving está cancelada?
La cancelación de la tarjeta no permite concluir por sí sola que ya no exista posibilidad de reclamación. Es necesario analizar el contrato, los pagos realizados y las posibles cuestiones de prescripción.
¿Prescribe la reclamación de una tarjeta revolving?
Debe distinguirse entre la acción de nulidad y las consecuencias restitutorias derivadas de esa nulidad. El inicio del plazo de prescripción de la restitución es una cuestión jurídica que debe examinarse en cada caso. En este procedimiento, el Juzgado rechazó que el plazo pudiera computarse automáticamente desde cada cuota pagada.
¿Qué pasa si BBVA alega que mi reclamación está prescrita?
La alegación debe analizarse jurídicamente. En el caso explicado en este artículo, BBVA alegó la prescripción de parte de las cantidades, pero el Juzgado rechazó su argumento porque no se había acreditado que el consumidor tuviese conocimiento previo del carácter abusivo de las condiciones cuestionadas.
¿Necesito conservar todos los extractos de la tarjeta?
Disponer de los extractos y liquidaciones facilita el análisis económico, pero si no conservas toda la documentación conviene estudiar igualmente el caso y valorar qué información puede solicitarse.
¿Oulego Abogados puede llevar una reclamación contra BBVA aunque viva fuera de Galicia?
Sí. Si estás buscando el mejor despacho de abogados en reclamaciones bancarias y reclamaciones de tarjetas revolving podemos ayudarte. Desde nuestras sedes en Santiago de Compostela y Vigo prestamos asesoramiento especializado en toda España (incluyendo las islas y Ceuta y Melilla)
Nota: Cada procedimiento depende de sus circunstancias particulares. El resultado obtenido en este caso no garantiza un resultado idéntico en otros supuestos y es necesario estudiar individualmente cada contrato.








